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GERENCIA EN SALUD
    

 

GESTIÓN EMPRESARIAL DE 
LA LOGÍSTICA EN SALUD (6)

DR. JAIME OTERO M.
DR. JAIME I. OTERO I.

 


Palabra clave: GERENCIA EN SALUD. GESTIÓN EN SALUD. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES.

Este Artículo es continuación de los denominados:

GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA LOGÍSTICA EN SALUD (1) 

GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA LOGÍSTICA EN SALUD (2)

GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA LOGÍSTICA EN SALUD (3)

GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA LOGÍSTICA EN SALUD (4)

GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA LOGÍSTICA EN SALUD (5)

Este es el último artículo que los autores entregan en esta serie de publicaciones sobre este importante tema de la gestión de la Salud.

Gracias a las comunicaciones que nos han hecho llegar respecto a la utilidad de lo aquí tratado.

 

  • Adjudicación de Menor Cuantía

Definición.-

Es un proceso de selección básico y simplificado, previsto en la Ley, que permite obtener, contratar y ejecutar, en plazos muy reducidos, Bienes, Servicios y Obras cuyos montos no excedan el 10 % del límite mínimo establecido por la Ley Anual de Presupuesto para la Licitación o Concurso Público, según corresponda y que por su importancia y trascendencia no justifican el empleo de formas o procesos que eleven su costo, demoren su atención o distraigan recursos e infraestructura. Es menos formal y exige menor cantidad de requisitos.

Procedimiento.-

  • Deben definirse previamente las Especificaciones Técnicas, características o descripción pormenorizada o lineamientos del Bien, Servicio u Obra que para esto se constituyen en las Bases del proceso.

  • Bastará la evaluación favorable del proveedor o postor seleccionado o puede invitarse  o solicitar Cotizaciones o Proformas a uno o más proveedores o establecimientos comerciales, en atención a la oportunidad, al monto y a la complejidad, envergadura o sofisticación de la adquisición o contratación.

  • En caso de recibirse una sola propuesta o cotización y esta cumpla con los requisitos o satisfaga las especificaciones técnicas definidas con anterioridad, es válido el otorgamiento de la Buena Pro con una sola propuesta.

  • La convocatoria de las adjudicaciones de menor cuantía para bienes y servicios, cuyos valores referenciales sean iguales o superiores a 4 U.I.T., e iguales o superiores a 10 U.I.T. , para la ejecución de la Obra, se notificarán a CONSUCODE y a PROMPYMER, quien la difundirá entre los interesados.

  • La notificación de otorgamiento de la Buena Pro podrá efectuarse por el mismo medio por el que fue cursada la invitación.

  • Las adquisiciones y contrataciones que se efectúen con cargo al Fondo para pagos en Efectivo o al Fondo Fijo para caja Chica no están sujetos al cumplimiento de los requisitos de esta Ley. Los montos no superarán, en cada caso, 1 U.I.T. vigente en el momento de la adquisición o contratación.

 Aplicación.- 

  • En las Adquisiciones o Contrataciones cuyo monto sea igual o inferior a la décima parte del límite máximo establecido en la Ley Anual de Presupuesto para la Licitación o Concurso Público, según corresponda.

  • En las Adquisiciones o Contrataciones a que se refieren los Artículos: 19 de la Ley (Exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa) y 32 de la Ley (Proceso de Selección Desierto).

  • En la obtención de insumos directos que utilicen las empresas del estado en sus procesos productivos (Segunda Disposición Transitoria de la Ley).

Etapas.-

1.Convocatoria.-

  • La convocatoria se realiza mediante invitación a uno o más proveedores por cualquier medio de comunicación escrito, incluyendo el facsímile o el correo electrónico.

  • Bastará la evaluación favorable del proveedor o postor seleccionado.

  • Pueden considerarse como propuestas las ofertas públicas sustentadas en los avisos públicos en los que se ofrece el bien o servicio.

  • La convocatoria de las adjudicaciones de menor cuantía cuyos valores referenciales sean iguales o superiores a 4 U.I.T. se notificarán a CONSUCODE y a PROMPYME.

2. Entrega de Bases.-

  • Las Bases de una Adjudicación de Menor Cuantía contienen las especificaciones técnicas, características, cantidades, y/o calidades, serán entregadas de forma gratuita con la invitación o solicitud de cotización al proveedor seleccionado o a uno o más proveedores. También se entregarán a los proveedores que la requieran, aún sin haber sido invitados.

  • En los casos de procesos de selección desiertos ( Artículo 32 de la Ley) y para los procesos de selección exonerados (Artículo 19 de l Ley), puede solicitarse por cualquier medio de comunicación, fax o correo electrónico, una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa, según corresponda.

3. Presentación de Propuestas.-

  • El proveedor presentará su propuesta dentro del plazo establecido en la convocatoria, pudiendo utilizar cualquiera de los medios de comunicación señalados en el Artículo 93 del Reglamento.

  • En los casos en que las especificaciones técnicas definidas por la entidad haya sido fijada en cumplimiento de reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o sanitarias nacionales, no se requerirá su presentación en la propuesta técnica (Art. 41 del Reglamento)

4. Evaluación de Propuestas.-

  • Se hará la evaluación si no si no se hubiera seleccionado previamente al proveedor o postor.

  • Se efectuará aplicando, cuando sea pertinente, las reglas establecidas en los Artículos 67 y 68 del Reglamento según corresponda.

5. Otorgamiento de la Buena Pro.-

  • La evaluación comparativa se realizará entre las propuestas que se presenten. Para el otorgamiento de la Buena Pro bastará la evaluación favorable de una sola propuesta o cotización del bien o servicio que cumpla o satisfaga las especificaciones técnicas definidas con anterioridad y que se entregaron, como Bases a los postores.

  • El otorgamiento de la Buena pro se efectuará por el mismo medio por el que fue cursada la invitación o con la expedición de la Orden de Compra o con la Orden de Servicios.

  • Cuando corresponda se comunicará a CONSUCODE y a PROPYMES.

EL COMITÉ ESPECIAL

Salvo los casos de procesos del tipo Adjudicación de Menor Cuantía, debe establecerse un grupo de trabajo denominado Comité Especial, el mismo que:

  • Será encargado de: organizar, conducir y ejecutar el proceso de selección, desde la preparación de las bases, absolución de consultas, evaluación de observaciones, recepción de ofertas, calificación de postores, evaluación de propuestas y, en general todo acto necesario y conveniente, hasta que la Buena Pro quede consentida (que es el momento en que se termina el proceso luego de que todos los postores queden conformes con los resultados del otorgamiento de la Buena Pro y que no hayan presentado ningún tipo de impugnación a los resultados habidos, en los plazos estipulados).

  • El Comité Especial también cesará en sus funciones o con la cancelación del proceso.

  • Será designado mediante Resolución por el Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa.

  • La designación del Comité Especial podrá ser para más de un proceso de selección. Así mismo podrá designarse un Comité Especial permanente para la Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía, excepto en el caso de los procesos de selección realizados conforme a los artículos 19, 20, y el inciso 1) del artículo 32 de la Ley, los que serán conducidos por un Comité Especial.

  • El Comité Especial actúa en forma colegiada y es autónomo en sus decisiones, las que no requieren ratificación alguna de la Entidad.

  • Sus integrantes son solidariamente responsables de su actuación. Sus Acuerdos constan en actas.

  • Cualquiera sea el número de integrantes, uno como mínimo pertenecerá a la administración de la entidad. Uno deberá ser especialista de la misma entidad o experto independientes en el objeto de la convocatoria.

  • Los integrantes del Comité Especial, titulares y suplentes, no pueden ser removidos total o parcialmente, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio, declarados mediante resolución.

  • Estará conformado por 3 o 5 integrantes. Los nombres de éstos, de los suplentes y de quien actuará como Presidente deberán estar indicados en la resolución de designación.

  • En el caso de procesos de selección para la adquisición de Bienes o consultorías altamente sofisticados y para la ejecución de obra, estará conformado por profesionales especializados, de la siguiente manera:

a)  si son 5 miembros, 3 de ellos deberán ser expertos en el objeto de la convocatoria, profesionales especializados, los cuales podrán ser independientes, esto es, ajenos a la entidad.

b)  si son 3 miembros, 2 de ellos deberán cumplir con los mismos requisitos previstos en el inciso anterior.

c)  en los dos casos previstos en los incisos anteriores, un miembro representará a la administración de la entidad.

  • Los expertos independientes podrán ser personas jurídicas o naturales.

  • Pueden ser invitados expertos que laboren en otras entidades estatales.

  • En los casos de procesos de selección para la ejecución y consultoría de Obras, los expertos, independientes que integren o asesoren al Comité Especial no requieren estar inscritos en el RNC.

  • Para sesionar y adoptar acuerdos válidos, el Comité Especial se sujetará a las siguientes reglas:

a)  el quórum para el funcionamiento del Comité Especial, cualquiera sea el número de sus integrantes, se da con la totalidad de éstos, completándose en caso de ausencia o impedimento debidamente justificado, con los suplentes respectivos.

b)  Los acuerdos se toman por unanimidad o por mayoría, la que se logra con los votos que alcancen el número entero inmediato superior a la mitad del total de sus integrantes. La fundamentación del voto o votos discrepantes se anotará en el acta que queda en poder de la entidad.

PROCESO TÉCNICO DE RECUPERACION DE BIENES
Definición:
 
Es factible que una determinada unidad de la organización requiera de algún bien que la organización posee, pero que por diversos motivos no se encuentre operativo o disponible para su uso.

El proceso técnico de recuperación de bienes es un conjunto de actividades de naturaleza técnica, administrativa y jurídica, que se orienta a volver a tener dominio o disposición sobre bienes para uso, consumo o para proporcionar servicios.

Requisitos

Para poder realizar el proceso técnico de recuperación de bienes, son necesarios algunos requisitos, que son detallados a continuación:

  • Haber tenido derecho o propiedad y uso del bien

  • Haber perdido el bien por descuido, deterioro, abandono, uso, robo, distribución, obsolescencia, etc.

 

  • Condiciones

· Pérdida por negligencia (daño, deterioro, descuido)

· Pérdida por robo, hurto, otros

· Faltante de activos fijos

· Bienes abandonados

· Bienes en mal estado (reparables)

PROCESO TÉCNICO DE DISPOSICIÓN FINAL

Definición:

Conjunto de actividades de naturaleza técnica, administrativa y
jurídica, orientados a detectar, verificar y regularizar el empleo adecuado de los bienes y servicios proporcionados a las entidades.

MODALIDADES

·   Alta de bienes: Se refiere a los bienes adquiridos a titulo gratuito
(donaciones)y los sobrantes de inventario

 ·        Baja de bienes: Se refiere a los bienes calificados como
          inservibles para la institución y a los faltantes de inventario           (pérdida, robo, etc). Para efectuar la baja de bienes, se deben           seguir los siguientes criterios:

Mantenimiento antieconómico
Obsolecencia de equipos, maquinaria y otros materiales
Reparación de un bien muy costoso
Destrucción de edificio
Bienes faltantes

PROCESO TÉCNICO DE ALMACENAMIENTO
Definición:
El almacenamiento es un conjunto de actividades técnico administrativas orientado a establecer y aplicar pautas para la ubicación y custodia temporal de bienes en cualquier área física acondicionada con ese fin.

Finalidad: La finalidad de este proceso técnico se resume a continuación:

·   Establecer una sola vía para el ingreso físico de bienes adquiridos por la entidad

·   Extender los principios generales de almacenamiento a todas las áreas que realizan custodia temporal de bienes

·    Realizar mejor control de los bienes durante la custodia y en el traslado de las unidades orgánicas usuarias

PROCESO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN
Definición:
La distribución es un conjunto de procedimientos de orden técnico administrativos referida a la satisfacción directa de necesidades en bienes que requieren las unidades orgánicas conformantes de una institución para cumplir sus actividades.

PROCESO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO  

Definición:

Proceso técnico que tiene por finalidad conservar en estado optimo bienes de propiedad fiscal, previniendo fallas que atenten el normal funcionamiento de las actividades y desarrollo productivo de la entidad.

Clases: 
·         Mantenimiento Predictivo
·         Mantenimiento Preventivo
·         Mantenimiento Correctivo  

PROCESO TÉCNICO DE SEGURIDAD
Definición: 

Proceso técnico mediante el cual se previene, evita, detecta situaciones que puedan causar daño o pérdida humana, material o de información, para contrarrestar cualquier tipo de paralización de los procesos productivos; es de naturaleza integral, se sustenta en la realidad y necesita constante practica y capacitación.

BIBLIOGRAFÍA.-

Rubio Cebrián, Santiago “Glosario de Economía de la Salud”.  Ediciones Díaz de     Santos SA. Año 1995

Gran Diccionario Enciclopédico Universal.

Kohler, Eric. “Diccionario para Contadores”. Unión Tipográfica Editorial Hispano-Americana.

Uhia, Alejandro Sergio. “Estrategia Corporativa y la Logística. El camino a transitar”. www.webpicking.com Febrero, 2003

Otero M. Jaime, Otero I. Jaime I. “Avedis Donabedian y la Calidad de la Atención en Saludwww.gerenciasalud.com      Lima, Octubre del 2,002

Tesler, Jorge . “Presente y Futuro de los proyectos en Logística” www.webpicking.com Febrero, 2003

www.consucode.gob.pe

 

 

Los conceptos vertidos en este documento y en los que fueron publicados en esta web sobre el mismo tema en anteriores ediciones, fueron sido tomados de los apuntes del Curso que dictara  el distinguido Prof. Dr. Miguel Vera, en el IV Semestre de la Maestría de Gerencia de Servicios 
de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos el año 2,003, a los cuales le hemos adicionado otros conceptos tomados de libros y artículos que tocan esta especialidad y otras complementarias a ella.

El enfoque que brindó el Dr. Vera a su Curso nos pareció sumamente interesante.  
Nuestro único deseo ha sido que muchas más personas del ámbito hispano parlante se 
beneficien de sus enseñanzas y que estas no queden para provecho exclusivo de quienes 
hemos tenido el honor de ser sus alumnos. 

Los Autores.

 

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